martes, 18 de febrero de 2020

Los radares y su afán recaudatorio. La posible inconstitucionaidad


Los radares de tráfico se crearon con el objetivo de prevenir accidentes controlando la velocidad. Por desgracia, no siempre es así...

Quiénes vivan por el sur de España conocerán la Nacional 432. En ella, no hace mucho, me pusieron una multa por ir a cien en una zona donde tenía que ir a 90. Me despisté cinco segundos y es una cuesta con pendiente hacia abajo. Además, la carretera casi no tenía tráfico. Por supuesto, yo seguí circulando habiendo cometido, presuntamente, una infracción. 

Mientras tanto, justo un poco antes del radar, uno me adelantó y posiblemente iba a mas de cien. Me adelantó en un sitio que no era precisamente seguro, el que haya viajado por nacionales sabe lo que digo y sabe de que estoy hablando. Pero esta persona conocía los lugares donde estaba el radar y es probable que tuviera uno de esos avisos...

Si esto cualquier juez no lo ve como algo con un mero afán recaudatorio en España empezamos a tener un problema importante. Pero parece que así es, ya que no son casos aislados. Muchos de los radares (presuntamente) tienen mero afán recaudatorio y eso para quién no lo sepa es ilegal. Pero insisto, de momento nada se hace...

Si realmente hubiera una sola sentencia pionera en España, como ya la hubo en Argentina de un juez federal, entonces a lo mejor las cosas empezarían a cambiar. Ese juez lo que dijo fue de sentido común. Podemos resumirlo diciendo que si queremos realmente evitar accidentes, los resultados negativos están ahí y no parece que estos sistemas sean eficaces. 

Pero además si realmente alguien está cometiendo una infracción por ir más rápido, lo normal es que más adelante los agentes le paren. Estamos circulando a más velocidad poniendo, a priori, a otros en peligro. De hecho, si es así ¿no deberían detenernos? y si no lo es ¿por qué deben sancionarnos? El juez dio algunos argumentos para enmarcar:

  1. Ante la presunta eficacia de estos sistemas, determino que en este caso: "...sólo se limitó a aplicar un sistema automático “que no puede actuar como mecanismo preventivo de siniestralidad vial”.
  2. Ante el recurso de la provincia sancionadora de Misiones, en que alegaban el cumplimiento del reglamento provincial, el juez responde que este, incluso en países federalistas, nunca puede desvirtuar una ley nacional. 
  3. También contestaron que en ocasiones era imposible. El juez, que es para condecorarle, consideró que esto era factible estableciendo un control en u radio de, por ejemplo, diez kilómetros. Se puede parar al infractor sin problemas. Se preguntó ¿Cómo le podían dejar circular habiendo cometido una infracción?
  4. Además, estaba el derecho del conductor, así como el del titular, que no tiene por qué ser el mismo. Es decir detrás de un radar tiene que haber siempre un control porque yo tengo que saber de que se me está sancionando. 
En definitiva, este juez federal argentino nos ha dado a todos una lección de como hacer su trabajo con eficacia, honestidad y sentido común. Porque ellos están ahí para proteger nuestros derechos, y también de los abusos de la administración. En países como Argentina y España, entre otros, parece ser que lo habitual es sobrepasarse en sus atribuciones, en detrimento de los derechos del ciudadano.

A ver cuándo algún juez español es pionero aquí. Porque la realidad es que todavía vas por esta carretera y los irresponsables de turno siguen sin respetar las distancias de seguridad, para buscar la forma de adelantar. Van a más velocidad de la permitida y además haciendo a veces adelantamientos muy peligrosos. Pero es como todo, si no hay nadie que les pare y los radares saben dónde están, casi siempre quedan impunes.

Y esto se pueden extrapolar a las ciudades también. No sirve de mucho tener un carril bici que nadie utiliza, por ejemplo en Córdoba (España), si no hay policías locales de paisano que de vez en cuando pegué un susto. Pero los procedimientos deben ser legales y no, como sucede también en algunos casos, un claro abuso de autoridad. 

Por tanto, sentencias como estás pueden ser de inestimable ayuda para, por un lado prevenir y, por otro, evitar que la administración se exceda. Porque esa prepotencia no ayuda a que los culpables paguen, sino que acaba cebándose en lo inocentes que suelen ir a a la velocidad adecuada y tienen un despiste. Mero afán recaudatorio.

Seguro que muchos conductores saben de qué hablo...

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